Formación Bonificada en Fusión de Empresas 2026: Guía FUNDAE
¿Tu empresa está en pleno proceso de fusión o absorción y no sabes qué ocurre con el crédito formativo? No estás solo. El 68% de las reestructuraciones empresariales pierden parte de su crédito FUNDAE por no comunicar correctamente los cambios de titularidad a la Seguridad Social.
En esta guía te explicamos paso a paso cómo gestionar la formación bonificada durante fusiones empresariales en 2026, qué dice la normativa FUNDAE, cómo se suman los créditos de ambas sociedades y qué errores debes evitar para no perder ni un euro de bonificación.
Aprenderás: - Qué ocurre legalmente con el crédito formativo en fusiones y absorciones - Plazos y comunicaciones obligatorias ante FUNDAE y Seguridad Social - Cómo calcular el nuevo crédito tras la integración empresarial
Tabla de contenidos
- ¿Qué dice la normativa FUNDAE sobre fusiones empresariales?
- ¿Qué pasa con el crédito formativo en una fusión o absorción?
- Tipos de reestructuración y sus efectos en la bonificación
- Pasos obligatorios: comunicación a FUNDAE y Seguridad Social
- Cálculo del nuevo crédito formativo tras la fusión
- Errores frecuentes que cuestan dinero
- Papel de la RLT en procesos de fusión
- Preguntas frecuentes sobre formación bonificada fusión empresas
¿Qué dice la normativa FUNDAE sobre fusiones empresariales?
El marco legal que regula la formación bonificada para empresas está recogido en la Ley 30/2015 del Sistema de Formación Profesional para el Empleo y en el Real Decreto 694/2017, que desarrolla los procedimientos de gestión del crédito formativo.
Cuando dos o más empresas se fusionan o una absorbe a otra, la entidad resultante hereda la suma de los créditos formativos de todas las sociedades implicadas, siempre que se cumplan los requisitos administrativos.
Según la Orden TMS/368/2019, la empresa resultante debe: - Actualizar su CCC (Código de Cuenta de Cotización) ante la Tesorería General de la Seguridad Social - Comunicar el cambio de estructura a FUNDAE si hay acciones formativas en curso - Presentar el TC1 unificado que refleje la nueva plantilla consolidada
Si no realizas estas comunicaciones en plazo, la Seguridad Social puede rechazar las bonificaciones aplicadas durante el periodo de transición.
¿Qué pasa con el crédito formativo en una fusión o absorción?
En una fusión empresarial, ambas sociedades desaparecen legalmente y nace una nueva entidad. En una absorción, la sociedad absorbente mantiene su personalidad jurídica y la absorbida desaparece.
En ambos casos, el crédito formativo FUNDAE se suma. Veamos un ejemplo:
Empresa A (50 trabajadores): - Base de cotización anual: 1.200.000 € - Crédito FUNDAE 2026: 9.000 € (0,75% según RD 694/2017 para empresas 10-49 trabajadores)
Empresa B (30 trabajadores): - Base de cotización anual: 800.000 € - Crédito FUNDAE 2026: 6.000 € (0,75%)
Empresa resultante C (80 trabajadores): - Crédito total heredado: 15.000 € - Nuevo porcentaje aplicable: 0,60% (50-249 trabajadores) - Crédito del año siguiente: se calculará sobre la base consolidada
Importante: el crédito heredado se puede usar hasta el 31 de diciembre del año en curso. A partir del 1 de enero siguiente, se calcula un nuevo crédito según la plantilla y base de cotización unificadas.
Tipos de reestructuración y sus efectos en la bonificación
No todas las operaciones corporativas tienen el mismo impacto en el crédito formativo. Diferenciemos:
Fusión pura
Dos empresas desaparecen y se crea una tercera. El CIF cambia. Efecto FUNDAE: se suman los créditos y se genera un nuevo CCC.
Absorción
Una empresa mantiene su CIF y absorbe a otra. Efecto FUNDAE: la absorbente suma el crédito de la absorbida al suyo, pero mantiene su CCC principal.
Escisión o segregación
Una empresa se divide en dos o más. Efecto FUNDAE: el crédito se prorratea según la plantilla que se asigna a cada nueva sociedad.
Agrupación de empresas FUNDAE
Si las empresas ya estaban en una agrupación para formación bonificada (figura regulada en el RD 694/2017), la fusión legal no altera la gestión del crédito conjunto. Solo cambian los datos identificativos del representante.
Pasos obligatorios: comunicación a FUNDAE y Seguridad Social
Para que la fusión o absorción no comprometa tu bonificación, sigue este proceso:
1. Comunicación a la Seguridad Social (plazo: 6 días hábiles)
Presenta el modelo TA.6 notificando el alta de la nueva empresa o la variación de datos de la absorbente. Esto actualiza el CCC y permite que los TC1 posteriores reflejen la estructura correcta.
2. Unificación del TC1
El nuevo TC1 debe incluir a todos los trabajadores de ambas sociedades. Sin esto, la base de cotización que usa FUNDAE para calcular el crédito será incorrecta.
3. Comunicación a FUNDAE (si hay cursos en marcha)
Si tienes acciones formativas bonificadas en ejecución, debes comunicarlo a través de la aplicación Telemático. Indica: - El nuevo CIF o CCC - Las formaciones que continúan (con sus códigos de grupo) - La nueva RLT si ha cambiado
Plazo: antes de la siguiente comunicación de participantes (idealmente en los primeros 10 días tras la escritura pública).
4. Actualización de documentación laboral
Revisa los contratos, anexos de formación y acuerdos de Representación Legal de los Trabajadores (RLT) para que recojan la nueva estructura.
Cálculo del nuevo crédito formativo tras la fusión
El crédito FUNDAE se calcula aplicando un porcentaje sobre las cuotas de formación profesional que la empresa cotiza a la Seguridad Social. Estos porcentajes varían según el tamaño:
| Tamaño empresa | % aplicable (2026) | Crédito mínimo |
|---|---|---|
| 1-9 trabajadores | 100% | 420 € |
| 10-49 trabajadores | 75% | — |
| 50-249 trabajadores | 60% | — |
| 250+ trabajadores | 50% | — |
Ejemplo práctico de fusión:
- Empresa A (25 trabajadores): crédito 2026 = 7.500 €
- Empresa B (35 trabajadores): crédito 2026 = 9.000 €
- Empresa C resultante (60 trabajadores):
- Crédito heredado en 2026: 16.500 € (suma de ambos)
- Nuevo porcentaje desde 2027: 60% (rango 50-249)
- Si la base de cotización consolidada es 2.400.000 €/año, el crédito 2027 será: 2.400.000 × 0,0070 × 0,60 = 10.080 €
Atención: la reducción del porcentaje (de 75% a 60%) puede suponer un crédito menor al año siguiente, incluso con más plantilla. Planifica la formación durante el año de fusión para aprovechar el crédito heredado.
Errores frecuentes que cuestan dinero
Error 1: No actualizar el CCC antes de bonificar
Consecuencia: La Seguridad Social rechaza las bonificaciones porque el CCC declarado en FUNDAE no coincide con el oficial.
Error 2: Olvidar comunicar cursos en marcha
Consecuencia: Los grupos formativos quedan "huérfanos". FUNDAE puede anular las comunicaciones de finalización y exigir devolución de lo bonificado.
Error 3: Aplicar el porcentaje antiguo al nuevo crédito
Consecuencia: Bonificar de más genera un saldo negativo que se arrastrará a ejercicios futuros (con posible recargo del 20% si SEPE lo detecta en inspección).
Error 4: No informar a la RLT
Consecuencia: Vulneración del artículo 8.2 del RD 694/2017. La RLT puede recurrir la formación y FUNDAE suspenderá temporalmente las bonificaciones hasta resolver el conflicto.
Error 5: Duplicar comunicaciones de inicio
Si ambas empresas tenían el mismo curso en marcha, no puedes fusionar los grupos. Debes finalizar uno y continuar con el otro, o crear un nuevo grupo en la entidad resultante.
Papel de la RLT en procesos de fusión
La Representación Legal de los Trabajadores (comité de empresa o delegados de personal) debe ser informada y consultada sobre el plan de formación bonificada, según el artículo 7 de la Ley 30/2015.
En una fusión: - Si cada empresa tenía su propia RLT, deberás convocar elecciones sindicales para constituir una nueva RLT unificada (según normativa laboral del Ministerio de Trabajo) - Hasta que se constituya la nueva RLT, se mantienen vigentes las de origen (sentencia del Tribunal Supremo 428/2018) - La nueva RLT debe recibir copia del plan de formación consolidado antes de comunicar acciones a FUNDAE
Si omites este trámite, cualquier trabajador puede denunciarlo ante la Inspección de Trabajo, lo que derivará en un expediente sancionador.
Preguntas frecuentes sobre formación bonificada fusión empresas
¿Qué pasa con el crédito FUNDAE cuando se fusionan dos empresas?
El crédito formativo se suma automáticamente. La empresa resultante puede usar el crédito acumulado hasta el 31 de diciembre del año en curso. Desde el año siguiente, se calcula uno nuevo según la plantilla y cotización consolidadas.
¿Se pierde la formación bonificada tras una absorción empresarial?
No se pierde si actualizas correctamente el CCC y comunicas el cambio a FUNDAE. Los cursos en marcha pueden continuar bajo el nuevo CIF/CCC, pero debes notificarlo en la aplicación Telemático antes de la siguiente comunicación de participantes.
¿Cómo se suman los créditos formativos en una fusión?
Se suman de forma aritmética: crédito empresa A + crédito empresa B = crédito empresa C. El porcentaje aplicable al año siguiente puede cambiar si la nueva plantilla cambia de tramo (por ejemplo, pasar de 10-49 a 50-249 trabajadores reduce el % del 75% al 60%).
¿Hay que comunicar a FUNDAE un cambio de titularidad?
Sí, si tienes acciones formativas en curso. Debes actualizar los datos en Telemático e indicar el nuevo CIF/CCC. Si no hay cursos activos en ese momento, bastará con que la primera comunicación de inicio posterior ya refleje los datos actualizados.
¿Puede una empresa absorbida mantener sus cursos en marcha?
Sí, pero deben "migrarse" al CCC de la empresa absorbente. En la práctica, finalizas formalmente el curso bajo el CIF antiguo y creas uno nuevo (con los mismos contenidos y participantes) bajo el CIF nuevo. Consulta con tu entidad organizadora para gestionar la migración sin perder días de formación.
Conclusión: planifica la formación antes de la fusión
Las fusiones y absorciones empresariales no tienen por qué complicar tu estrategia de formación bonificada. Con una comunicación ágil a FUNDAE, actualización correcta del CCC y planificación del crédito heredado, puedes aprovechar hasta el último euro de bonificación.
Recuerda: - Suma de créditos: automática si cumples plazos administrativos - Comunicación obligatoria: antes de la siguiente comunicación de participantes - Nuevo porcentaje: desde el año siguiente según el tamaño consolidado
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