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Sanciones FUNDAE 2026: Cuantías, Causas y Recursos

Descubre las sanciones FUNDAE 2026, sus cuantías reales, causas más frecuentes y cómo recurrir. Guía completa para empresas con ejemplos prácticos. ¡Protege tu crédito!

📅 8 de julio de 2026 ⏱ 9 min de lectura ✍️ Por , Director de Servicios en Qlcube

Sanciones FUNDAE 2026: Cuantías, Causas y Cómo Recurrirlas

¿Ha recibido su empresa una notificación de sanción de FUNDAE y no sabe qué hacer? Las sanciones FUNDAE pueden comprometer su crédito formativo y generar costes imprevistos si no se gestionan correctamente. En esta guía completa descubrirá las causas más frecuentes de sanción, las cuantías aplicables en 2026 según la normativa vigente y el procedimiento exacto para recurrir.

Aprenderá en este artículo: - Las infracciones más comunes que activan sanciones FUNDAE - Cuantías reales y criterios de graduación - Plazos y pasos del procedimiento de recurso administrativo


Tabla de contenidos

  1. ¿Qué son las sanciones FUNDAE y quién las impone?
  2. Causas más frecuentes de sanción en formación bonificada
  3. Cuantías de las sanciones FUNDAE en 2026
  4. Criterios de graduación de la sanción
  5. Cómo recurrir una sanción FUNDAE: procedimiento paso a paso
  6. Plazos clave en el procedimiento sancionador
  7. Consecuencias de no recurrir o no justificar
  8. Cómo prevenir sanciones FUNDAE en 2026
  9. Preguntas frecuentes sobre sanciones FUNDAE

¿Qué son las sanciones FUNDAE y quién las impone?

Las sanciones FUNDAE son medidas correctivas aplicadas a empresas que incumplen la normativa de formación bonificada. Aunque FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo) gestiona el sistema de crédito formativo, no impone sanciones directamente. La potestad sancionadora corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que actúa cuando detecta irregularidades en la justificación de acciones formativas o en el uso indebido de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.

El marco legal que regula estas sanciones se establece en la Ley 30/2015 de 9 de septiembre (Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral) y en el Real Decreto 694/2017 de 3 de julio, que desarrolla dicha ley. Ambas normas definen las infracciones, las cuantías y los procedimientos aplicables.

Cuando FUNDAE detecta una irregularidad durante el control de documentación, traslada el expediente a la Inspección de Trabajo, que abre el procedimiento sancionador formal.


Causas más frecuentes de sanción en formación bonificada

Las infracciones FUNDAE más habituales que derivan en sanción son:

1. No justificar la formación bonificada

Aplicar la bonificación en las cuotas de la Seguridad Social sin presentar la documentación obligatoria (partes de asistencia, diplomas, contenidos didácticos, evaluaciones) dentro de los plazos establecidos. Esta es la causa principal de sanción.

2. Incumplimiento de la comunicación de inicio

No comunicar el arranque de la acción formativa a FUNDAE en el plazo obligatorio (7 días naturales antes del inicio) impide el control y puede interpretarse como uso indebido del crédito.

3. Falta de comunicación de finalización

Omitir la notificación de fin de curso o no aportarla en el plazo reglamentario (15 días naturales tras la última sesión) dificulta la auditoría posterior.

4. Formación ficticia o falseamiento de datos

Declarar cursos que no se impartieron realmente, falsear partes de asistencia o incluir trabajadores que no participaron. Esta infracción se considera grave o muy grave según el importe defraudado.

5. Incumplimiento de requisitos de calidad

Impartir formación sin los medios, instalaciones o titulación de formadores requeridos en la normativa. Por ejemplo, cursos de prevención de riesgos laborales sin instructor acreditado.

6. Bonificación superior al crédito disponible

Aplicar en TC1 (documento de cotización) un importe de bonificación mayor al crédito autorizado. La diferencia se considera uso indebido.


Cuantías de las sanciones FUNDAE en 2026

Las multas FUNDAE se clasifican según la gravedad de la infracción. La normativa vigente en 2026 mantiene los rangos establecidos en el Real Decreto 694/2017:

Tipo de infracción Cuantía mínima Cuantía máxima
Leve 60 € 625 €
Grave 626 € 6.250 €
Muy grave 6.251 € 187.515 €

Importante: La cuantía definitiva depende de criterios de graduación (ver apartado siguiente). Una infracción grave puede sancionarse con 626 € o con 5.000 €, según las circunstancias.

Ejemplo práctico de cálculo de sanción

Caso: Empresa de 30 trabajadores que bonifica 3.500 € en formación sin justificar ningún documento. Crédito disponible: 4.200 €.

  • Infracción: Grave (uso indebido de bonificación sin justificación).
  • Importe defraudado: 3.500 €.
  • Graduación: Sin reincidencia, primera infracción, empresa colaboradora con Inspección → aplicación de cuantía en tramo medio-bajo.
  • Sanción estimada: Entre 1.500 € y 2.500 €, más la obligación de reintegrar los 3.500 € bonificados indebidamente.

Criterios de graduación de la sanción

La graduación de sanciones FUNDAE considera múltiples factores que elevan o reducen la cuantía final:

Factores agravantes

  • Reincidencia: Haber cometido infracción similar en los últimos 12 meses aumenta la sanción hasta un 50%.
  • Importe defraudado elevado: Cuanto mayor sea la bonificación aplicada sin justificar, mayor la sanción.
  • Intencionalidad: Falsear datos deliberadamente (formación ficticia) agrava la infracción.
  • Obstrucción a la Inspección: Negarse a aportar documentación o facilitar datos falsos.

Factores atenuantes

  • Subsanación voluntaria: Corregir el error antes de la notificación de la Inspección reduce significativamente la sanción.
  • Colaboración activa: Aportar toda la documentación solicitada de forma diligente.
  • Ausencia de perjuicio económico: Si se justifica parcialmente y el importe no justificado es menor al 10% del total, la sanción puede minimizarse.
  • Primera infracción: Empresas sin antecedentes reciben cuantías en el tramo inferior del rango.

Cómo recurrir una sanción FUNDAE: procedimiento paso a paso

Si considera que la sanción FUNDAE recibida es injusta o desproporcionada, puede recurrirla. El procedimiento administrativo sigue estos pasos:

Paso 1: Recepción de la notificación

La Inspección de Trabajo le enviará un acta de infracción por correo certificado o notificación electrónica (si está dado de alta en el sistema). Revise todos los hechos imputados y la calificación de la infracción.

Paso 2: Elaboración de alegaciones

Dispone de 10 días hábiles desde la notificación para presentar alegaciones por escrito. En este documento debe:

  • Identificar el expediente sancionador (número de acta).
  • Exponer los hechos desde su perspectiva.
  • Aportar pruebas (documentos, correos, partes de asistencia, certificados).
  • Fundamentar jurídicamente por qué la sanción es improcedente o debe reducirse.

Consejo: Si no tiene experiencia en procedimientos administrativos, considere contratar asesoría laboral especializada o externalizar la gestión FUNDAE a una entidad organizadora como Qlcube.

Paso 3: Resolución del expediente

La Inspección evaluará sus alegaciones y emitirá una resolución definitiva en un plazo máximo de 6 meses. Puede:

  • Anular la sanción (archivar el expediente).
  • Reducir la cuantía.
  • Confirmar la sanción inicial.

Paso 4: Recurso de alzada (opcional)

Si la resolución le sigue siendo desfavorable, puede interponer recurso de alzada ante la Dirección General de la Inspección de Trabajo en el plazo de 1 mes. Este es el último escalón administrativo antes de la vía judicial.

Paso 5: Vía judicial (último recurso)

Agotada la vía administrativa, puede acudir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses desde la notificación de la resolución final.


Plazos clave en el procedimiento sancionador

Respetar los plazos es crítico. Perder un plazo equivale a aceptar la sanción:

Fase Plazo
Alegaciones al acta de infracción 10 días hábiles desde notificación
Resolución de la Inspección Máximo 6 meses
Recurso de alzada 1 mes desde notificación de resolución
Recurso contencioso-administrativo 2 meses desde resolución en alzada
Prescripción de infracciones leves 1 año
Prescripción de infracciones graves 3 años
Prescripción de infracciones muy graves 5 años

Atención: Los plazos administrativos se suspenden en agosto (período inhábil). Calcule correctamente los días hábiles.


Consecuencias de no recurrir o no justificar

Si no recurre la sanción o no subsana la documentación exigida, las consecuencias son:

  1. Pérdida del crédito bonificado: Deberá reintegrar el importe aplicado en TC1 más intereses de demora (4% anual en 2026).
  2. Multa firme: La cuantía de la sanción será ejecutiva y la Tesorería General de la Seguridad Social la reclamará por vía de apremio.
  3. Reducción del crédito futuro: FUNDAE puede minorar su crédito disponible en ejercicios posteriores si detecta incumplimientos reiterados.
  4. Inhabilitación temporal: En infracciones muy graves con dolo, la empresa puede quedar excluida del sistema de formación bonificada hasta 2 años.
  5. Daño reputacional: Constar en registros de empresas sancionadas dificulta acceder a subvenciones públicas y programas europeos.

Cómo prevenir sanciones FUNDAE en 2026

La mejor estrategia es la prevención. Estas medidas minimizan el riesgo de sanción:

1. Externalice la gestión FUNDAE

Contratar una entidad organizadora especializada garantiza que todas las comunicaciones, documentaciones y justificaciones se realicen conforme a normativa. Qlcube gestiona el 100% del trámite administrativo, desde la comunicación de inicio hasta la entrega del expediente completo a FUNDAE.

2. Verifique su crédito antes de bonificar

Use la calculadora FUNDAE de Qlcube para conocer su crédito disponible actualizado. No aplique bonificaciones superiores al crédito autorizado.

3. Archive toda la documentación

Conserve durante 5 años: - Partes de asistencia firmados por los alumnos. - Diplomas o certificados de aprovechamiento. - Contenidos didácticos (temarios, materiales). - Evaluaciones de conocimientos. - Documentos acreditativos de la titulación del formador.

4. Comunique inicio y finalización en plazo

Respete los 7 días naturales previos para la comunicación de inicio y los 15 días naturales posteriores para la de finalización. Configure recordatorios automáticos.

5. Auditorías internas preventivas

Revise trimestralmente que todas las acciones bonificadas cuentan con documentación completa. Detectar errores antes de que lo haga FUNDAE permite subsanarlos sin sanción.

6. Formación del personal de RRHH

Capacite a su equipo en la normativa FUNDAE vigente. Un curso bonificado sobre gestión de formación programada reduce errores operativos.


Preguntas frecuentes sobre sanciones FUNDAE

¿Cuánto es la multa por no justificar formación FUNDAE?

La cuantía depende de la gravedad. Una infracción grave (bonificar sin justificar) oscila entre 626 € y 6.250 €. La cantidad exacta se gradúa según el importe defraudado, la reincidencia y la colaboración con la Inspección.

¿Qué pasa si no comunico la formación a FUNDAE?

No comunicar el inicio de la formación se considera infracción leve o grave según las circunstancias. Puede generar una multa entre 60 € y 625 € y, en casos graves, la obligación de reintegrar el importe bonificado.

¿Cómo se recurre una sanción de FUNDAE?

Presente alegaciones por escrito en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación del acta de infracción. Aporte pruebas documentales y fundamente jurídicamente su defensa. Si la resolución sigue siendo desfavorable, puede interponer recurso de alzada en el plazo de 1 mes.

¿Cuándo prescribe una infracción FUNDAE?

Las infracciones leves prescriben al año, las graves a los 3 años y las muy graves a los 5 años, contados desde la fecha de comisión de los hechos. La prescripción se interrumpe si la Inspección inicia expediente sancionador.

¿Puedo perder el crédito FUNDAE por una sanción?

Sí. Si no reintegra el importe bonificado indebidamente, FUNDAE lo descontará de su crédito disponible en ejercicios futuros. Además, en infracciones muy graves puede quedar inhabilitado temporalmente del sistema de formación bonificada.


Conclusión

Las sanciones FUNDAE en 2026 representan un riesgo económico y administrativo serio para las empresas que no gestionan correctamente su formación bonificada. Conocer las causas más frecuentes, las cuantías aplicables y el procedimiento de recurso le permite defenderse eficazmente y minimizar el impacto.

La clave está en la prevención: externalizar la gestión a una entidad organizadora especializada, conservar toda la documentación y respetar escrupulosamente los plazos de comunicación son las tres medidas que evitarán el 95% de las sanciones.

¿Necesita ayuda para gestionar su formación bonificada sin riesgo de sanciones? Contacte con el equipo de Qlcube y nos encargamos del 100% del trámite administrativo. Garantizamos el cumplimiento normativo en todas las acciones formativas y le asesoramos ante cualquier requerimiento de FUNDAE o la Inspección de Trabajo.


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