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Modalidad reglada · Hasta 200h al año

Permiso individual de formación (PIF): 200h al 100 % bonificadas

Título oficial · Sin perder sueldo · Empresa a coste 0

El Permiso Individual de Formación es la modalidad menos conocida de FUNDAE pero la más potente para retener talento: tu trabajador puede dedicar hasta 200 horas anuales a obtener un título oficial (FP, universidad, certificado profesionalidad) sin perder su sueldo, y FUNDAE compensa a tu empresa por esas horas.

  • Hasta 200 horas/año por trabajador
  • Trabajador sigue cobrando
  • FUNDAE compensa a la empresa
  • Solo títulos oficiales reconocidos

Homologados por

SEPE Junta de Andalucía FUNDAE ISO 9001 ISO 14001
Definición

¿Qué es exactamente un PIF?

Un permiso retribuido para que tu trabajador estudie un título oficial reconocido sin descapitalizar a la empresa.

Permiso individual formación trabajador estudiando
Hasta 200h/añoPor trabajador en activo
Marco legal

Regulado en la Ley 30/2015

El PIF se regula en el artículo 9 de la Ley 30/2015 y el RD 694/2017. La empresa concede al trabajador un permiso individual durante su jornada laboral para asistir a cursos que conduzcan a una titulación oficialmente reconocida (FP, universitaria, certificados de profesionalidad SEPE, idiomas oficiales).

  • Hasta 200 horas anualesPor trabajador en jornada completa. Proporcional en parcial.
  • Salario íntegroEl trabajador cobra como si trabajase esas horas.
  • FUNDAE bonificaEl coste salarial de las horas se descuenta del crédito FUNDAE.
  • No es vacacionesSe imputa como tiempo de trabajo efectivo a efectos de antigüedad y cotización.
Requisitos

Condiciones para que el PIF sea bonificable

FUNDAE solo acepta PIFs que cumplan ciertos requisitos. Aquí el checklist.

Requisito
Detalle
Quién lo verifica
Titulación oficial
FP, grado universitario, certificado profesionalidad, idiomas oficiales
FUNDAE
Modalidad presencial o aula virtual
El alumno debe asistir en horario lectivo (no compatible con online asíncrono)
Centro emisor
Centro autorizado
Debe ser un centro reconocido por la administración educativa o laboral
FUNDAE + administración
Trabajador con antigüedad
1 año mínimo de antigüedad recomendado (depende del convenio)
Empresa
Solicitud previa por escrito
Trabajador presenta solicitud, empresa acepta por escrito antes de empezar
Empresa
Comunicación FUNDAE
+7 días naturales antes del inicio del permiso
Qlcube (entidad organizadora)
Preguntas frecuentes

Resuelve tus dudas en 1 minuto

Las preguntas que más nos hacen las empresas españolas.

¿Qué títulos sirven para un PIF?

Solo títulos oficialmente reconocidos por la administración: ciclos formativos de Formación Profesional, grados/másteres universitarios oficiales (no títulos propios), certificados de profesionalidad emitidos por SEPE y certificaciones oficiales de idiomas (Cambridge, Goethe, etc.). Los títulos propios de universidad o cursos de academia privada NO son PIF.

¿Tiene que pagar la matrícula la empresa?

No es obligatorio. La normativa solo regula el permiso de horas (que sí compensa FUNDAE). La matrícula del trabajador es algo que cada empresa decide: muchas la asumen como beneficio de retención, otras dejan que el trabajador la pague.

¿Cuántos trabajadores pueden estar en PIF a la vez en mi empresa?

FUNDAE no fija un máximo absoluto. La empresa puede limitarlo internamente para garantizar la operativa: típico 1 PIF activo por cada 50 trabajadores. Lo que sí limita FUNDAE es el crédito disponible: cada PIF consume horas del crédito formativo.

¿Qué pasa si el trabajador no termina el ciclo formativo?

FUNDAE bonifica las horas reales asistidas y certificadas por el centro educativo. Si el trabajador abandona, las horas hasta el momento del abandono siguen siendo bonificables si están justificadas con asistencias firmadas o registros del centro.

¿Es compatible el PIF con la formación programada?

Sí. Un mismo trabajador puede tener un PIF activo (para sus estudios oficiales) y participar también en formación programada (cursos cortos del catálogo Qlcube). Las horas computan por separado contra el crédito FUNDAE de la empresa.

¿El PIF puntúa para concursos públicos o convenios?

Sí. El PIF se considera 'tiempo de trabajo efectivo' y por lo tanto cuenta para antigüedad, vacaciones, ascensos y derechos sindicales. Para convenios concretos hay que revisar el texto, pero la base legal es clara.

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