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Guía completa
Todo lo que cambia con el nuevo sistema de facturación de la Agencia Tributaria, explicado sin jerga: a quién aplica, desde cuándo, qué tiene que cumplir tu programa y qué pasa si no te adaptas.
En esta guía
VeriFactu es el sistema con el que la Agencia Tributaria quiere acabar con el software de doble uso: los programas que permitían emitir una factura y luego borrarla o modificarla sin dejar rastro. A partir de 2027, tu programa de facturación tendrá que registrar cada factura de forma inalterable y encadenada, poner un código QR en cada una y, si te acoges a la modalidad VERI*FACTU, enviar esos registros a la AEAT en el momento de emitir.
No es una nueva declaración ni un impuesto. Es un requisito sobre la herramienta con la que facturas. Si el programa cumple, tú no tienes que hacer nada distinto en tu día a día.
El nombre confunde a mucha gente: «VeriFactu» es a la vez el nombre del reglamento y el de una de las dos modalidades para cumplirlo. Lo desarrollamos en el apartado de modalidades.
El Real Decreto-ley 15/2025 retrasó un año los plazos originales. Las fechas vigentes son estas:
| Quién | Desde cuándo | Qué significa |
|---|---|---|
| Sociedades (SL, SA…) | 1 de enero de 2027 | Todas las facturas que emitas ese día en adelante salen de un sistema adaptado |
| Autónomos y resto de obligados | 1 de julio de 2027 | Seis meses más de margen que las sociedades |
| Contribuyentes en SII | No aplica | Ya reportan el detalle de sus libros a la AEAT casi en tiempo real |
| Territorios forales | No aplica | País Vasco y Navarra tienen su propio sistema |
Si emites facturas y no estás en ninguna de las dos exclusiones, te aplica. El tamaño de la empresa no cambia nada: un autónomo que emite dos facturas al mes está igual de obligado que una empresa de cincuenta personas. Lo que cambia es la fecha — lo detallamos en la guía de VeriFactu para autónomos.
Menos de lo que la gente teme, si el programa está bien hecho. Esto es lo que vas a notar:
Lo que no cambia: el formato de tu factura, tus plazos de IVA, tus clientes, tu forma de cobrar. VeriFactu no toca nada de eso.
El Reglamento no publica una lista de programas aprobados: define lo que el sistema tiene que hacer. Estos son los siete puntos:
Cada factura genera su registro de alta, y cada anulación el suyo.
Cada registro incorpora la huella del anterior. Tocar uno rompe la cadena.
Un hash del contenido exacto; según la modalidad, también firma.
El programa anota su propia actividad interna.
Nada se borra sin dejar rastro. Trazabilidad completa.
En la propia factura, legible, con la mención de factura verificable.
O envías los registros a la AEAT, o los conservas firmados tú.
Quien tiene que garantizar todo esto es el fabricante del programa, mediante una declaración responsable. Es el documento que debes pedir a cualquier proveedor que te diga que su software «está homologado»: la homologación por la AEAT no existe.
Aquí está la parte que más confusión genera. El reglamento te deja elegir entre dos formas de cumplir:
| Modalidad VERI*FACTU | No VERI*FACTU | |
|---|---|---|
| Envío a la AEAT | Automático, al emitir | No hay envío |
| Firma electrónica | No es necesaria | Obligatoria en los registros |
| Conservación | Obligaciones reducidas | Te corresponde a ti conservarlos |
| Leyenda en la factura | Factura verificable en la sede de la AEAT | Sin esa mención |
| Para quién tiene sentido | La mayoría de pymes y autónomos | Quien no quiera enviar datos en tiempo real |
Para una empresa pequeña la modalidad VERI*FACTU es casi siempre la opción cómoda: menos obligaciones a tu cargo y menos cosas que pueden salir mal. El coste es que la AEAT ve tus facturas en el momento de emitirlas — que es, justamente, el objetivo de la norma.
Es la confusión más extendida, y conviene deshacerla porque son dos obligaciones distintas, con normas distintas y calendarios distintos.
| VeriFactu | Factura electrónica B2B | |
|---|---|---|
| De dónde viene | RD 1007/2023, con las fechas del RDL 15/2025 | Ley Crea y Crece |
| Qué regula | Cómo se comporta tu programa de facturación | El formato en que se intercambian las facturas entre empresas |
| A quién afecta | A quien emite facturas, con las excepciones de SII y forales | A las operaciones entre empresas y profesionales |
| Qué te pide | Registros inalterables, QR y remisión o conservación | Emitir y recibir en formato electrónico estructurado |
Puedes estar sujeto a las dos. No compiten entre sí ni una sustituye a la otra: VeriFactu se ocupa de que tu herramienta sea fiable, y la factura electrónica de que el documento viaje en un formato que la otra parte pueda procesar. Al elegir programa, pregunta por las dos cosas.
El QR es la parte visible del sistema, y la única que tus clientes van a ver. Codifica los datos que identifican la factura —NIF de quien la emite, serie y número, fecha de expedición e importe total— junto al enlace al servicio de verificación de la Agencia Tributaria.
Con eso, cualquiera que reciba tu factura puede escanearla con el móvil y comprobar en la sede electrónica que existe tal y como se la has entregado. También sirve para comunicarla a la AEAT si no aparece — un mecanismo de control ciudadano que la norma contempla de forma explícita.
El QR tiene que ir impreso en la propia factura y ser legible. Da igual si la entregas en papel o en PDF: viaja con el documento.
Dejan de valer. No es una cuestión de formato ni de que la factura esté bien hecha: es que una hoja de cálculo no puede cumplir el requisito de inalterabilidad por definición. Se edita, se guarda encima y no queda constancia de nada.
Es el caso más común entre autónomos y microempresas, y el que más margen necesita porque implica cambiar de herramienta, no solo actualizarla. Lo tratamos en detalle en ¿puedo seguir facturando con Excel?.
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria no sanciona una factura mal hecha: sanciona tener o usar un sistema de facturación que no cumpla. Por eso la multa va por ejercicio y no por documento — da igual que emitas diez facturas al año o diez mil.
La sanción para el usuario llega hasta 50.000 € por ejercicio. Y la norma reparte responsabilidad: quien produce o comercializa el programa tiene su propio régimen sancionador. Por eso importa con quién facturas, no solo cómo.
Nadie sanciona por migrar pronto. El riesgo real es llegar a diciembre con el cambio sin hacer, el histórico sin pasar y el equipo sin saber usar la herramienta nueva.
Si estás valorando programas, en cómo elegir un programa VeriFactu tienes las preguntas que conviene hacer antes de firmar nada.
No. Son dos normas distintas que a menudo se confunden. VeriFactu regula cómo tiene que comportarse tu programa de facturación (registros inalterables, QR, remisión a la AEAT). La factura electrónica obligatoria entre empresas viene de la Ley Crea y Crece y regula el formato en que se intercambian las facturas. Puedes estar obligado a las dos cosas.
No haces nada tú. Si eliges la modalidad VERI*FACTU, el propio programa envía el registro en el momento de emitir la factura. Si eliges la otra modalidad, no hay envío: los registros se firman y los conservas.
No. La AEAT no homologa ni certifica programas de facturación y no hay lista oficial de software aprobado. Lo que exige el RD 1007/2023 es que el productor del software emita una declaración responsable de que su sistema cumple. Si alguien te vende un programa «homologado por la AEAT», pídele esa declaración.
Nada. La obligación aplica a las facturas que emitas a partir de la fecha que te corresponda. Tu histórico anterior no hay que rehacerlo, aunque sí conviene tenerlo accesible por si te lo piden.
Depende de si su fabricante lo adapta. Pregúntale directamente por su calendario y por la declaración responsable. Si el programa lleva años sin actualizaciones, asume que vas a cambiar.
No. La ley no exige formación: exige facturar con un sistema adaptado. Otra cosa es que quien emite las facturas sepa usarlo, que es donde suelen aparecer los errores. Si tienes trabajadores en plantilla, esa formación es bonificable por FUNDAE.
Depende del programa que elijas. Hay desde la aplicación gratuita de la Agencia Tributaria, pensada para quien emite muy pocas facturas, hasta suites completas de pago. En Qlcube la facturación adaptada es gratuita y permanente; solo cobramos el fichaje y la formación, y ambos son opcionales.
Un diagnóstico de 20 minutos, sin compromiso: miramos con qué facturas hoy, qué fecha te aplica y qué crédito de formación tienes disponible.
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